Analizamos la relación entre estar de baja por Covid y despido ¿Sería procedente? ¿Me pueden despedir si estoy de baja por Covid?

Si estás de baja por Covid y te haces este tipo de preguntas, te invitamos a continuar tu lectura en este post, porque te lo vamos a explicar.

Baja por Covid y Despidos

Baja por Covid y Despidos. Actitud oficial

Durante el mes de marzo del pasado 2020, en medio de la histeria y confusión colectiva acerca de esta enfermedad, COVID-19 —de la que hoy conocemos mucho más—, se empezaron a producir estragos en el tejido productivo que impactaron de forma negativa en el ámbito laboral.

El Gobierno, en un intento por frenar esa hemorragia laboral, prometió en su momento importantes medidas para parar tantas extinciones del vínculo entre empresa y empleado. Apuntaban tanto a los fines de contrato como a las no renovaciones de los contratos de tipo temporal.

Después, con el tiempo se ha visto que no son tan determinantes esas medidas.

baja por covid y despido

Reales Decretos

Las medidas que entran en vigor se manifestaron a través de tres reales decretos. Te los contamos muy rápido, resumido para centrarnos en lo que nos ocupa, que es lo que inspira el post, la relación entre estar de baja por Covid y Despido.

Existían una serie de cláusulas que apuntan al mantenimiento del empleo durante seis meses en caso de ERTE que serían las siguientes:

  • Disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020: “Las medidas extraordinarias  (…) estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad”.
  • Artículo 5 del Real Decreto-ley 30/2020: donde se nos dice que las empresas que estén beneficiándose de descuentos en su relación con la Seguridad Social quedarían obligadas a observar «un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo»
  • Artículo 3 del Real Decreto-ley 2/2021: “La salvaguarda del empleo será de aplicación de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, en relación con los periodos anteriores y con el que se deriva de los beneficios recogidos en la presente norma y de conformidad con los plazos correspondientes”.

Covid y despidos

Si acudimos al Real Decreto-ley 9/2020, nos encontraremos que —prorrogado prorrogada hasta el 31 de mayo de 2021 por el Real Decreto 2/2021— causas como la fuerza mayor, o las causas técnicas, de tipo organizativo, productivo, de fuerza mayor… «no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido».

Esto obviamente apunta al caso del Coronavirus. Es decir, que no podemos despedir a ningún trabajador por razones objetivas de índole económico, productivo, organizativo… causadas por el Coronavirus.

Si esas mismas razones objetivas de naturaleza económica, productiva, organizativa o técnica no tienen relación alguna con el COVID-19, entonces se actuaría como siempre.

Baja por Covid y Despido: jurisprudencia

Esto no afecta a despidos anteriores a la norma. NO es retroactivo, aunque es cierto y nos hacemos eco de que en Mataró un juzgado obligó a readmitir a un trabajador despedido el 20 de marzo, en plena génesis del problema por considerar que entraba de lleno en los supuestos vinculados a la pandemia.