Hablamos de custodia compartida. Nuestros clientes nos hacen a menudo esta pregunta cuando acuden a nuestro despacho planteándose abordar la cuestión de la custodia compartida. ¿Qué puede pasar si mi hijo/a se niega a la custodia compartida? ¿Qué podría ocurrid si el menor no quiere esa custodia compartida?

¿Qué pasa cuando los menores se manifiestan contrarios a la aplicación de un sistema de Custodia Compartida? ¿Se podría conseguir en tal caso?

A esta cuestión tan actual como interesante dedicamos nuestro post de esta semana. Siempre en el ánimo está el explicarlo de una forma sencilla, para que los no expertos en leyes —nuestros clientes— lo entiendan sin dificultad. No obstante, de quedar alguna duda, la puedes preguntar aquí mismo y te responderemos de inmediato.

El hijo no quiere custodia compartida

En ocasiones un hijo menor de edad, en una situación de divorcio de sus progenitores, puede manifestar que no quiere la custodia compartida, sino vivir de forma continuada con uno de sus progenitores.

Es decir, que se decanta por uno de ellos.

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Cuando esto sucede, muchas personas se pueden preguntar: ¿esa opinión del hijo/a ya anula toda posibilidad de conseguir la custodia compartida? ¿habría opción de conseguirla a pesar de esto?

Dificultad para el proceso

Que los hijos expresen una opinión contraria a la asignación de un régimen de custodia compartida añade una dificultad evidente a la consecución de la misma.

La opinión de los menores se escucha y se tiene en cuenta. Incluso de los menores de 12 años, que es la edad de corte para una implicación mayor en el proceso (acudir a declarar, ser evaluados…)

En el procedimiento, de forma habitual, cuando los hijos exponen una opinión favorable a la convivencia con uno de los progenitores, éste será el que procure hacer que esa opinión sea tenida en cuenta.

Abogados para custodia compartida en Sevilla

El proceso de la Custodia Compartida

Lo que nos ocupa, significa que el juez se encontraría en sala ante un progenitor que solicita la custodia compartida y otro que se opone, alegando entre otras razones, que los hijos no quieren vivir de ese modo.

Que el menor exprese su negativa a la custodia compartida no la evita de facto, ni la anula de forma automática, aunque sí dificulta la consecución de la misma. Clic para tuitear

¿Qué puede hacer el solicitante de la custodia compartida cuando los hijos se niegan a este sistema de guarda y custodia?

La ley contempla dos opciones que podemos utilizar:

El criterio del equipo psicosocial del juzgado: Está formado por psicólogos, asistentes sociales… que son los encargados de entrevistar a progenitores y menores, para descubrir qué hay detrás de esa negativa. Ver si es una cuestión de afinidad, de apego, de arraigo social al domicilio, amigos que viven cerca… o persisten en el subsuelo casos más graves como alienación parental, tratos inapropiados… El informe que elabore el equipo psicosocial será de gran ayuda para el juez.

También podría aportarse un informe de un psicólogo de parte.

Otra herramienta de que se vale el juez es el propio diálogo con el menor. El juez en primera persona puede hablar con el menor y explorar de dónde pueden venir esas reticencias del menor/es.

Conclusión

Que los menores verbalicen una opinión contraria a la custodia compartida dificulta el establecimiento y aplicación de este modo de vida.

Que lo hagan, sin embargo, no imposibilita la custodia compartida. No se va a denegar de facto de inmediato, sino que se debe indagar en la cuestión para averiguar lo que se tiene que averiguar:

¿Qué propicia ese rechazo?

¿Cuál es el mejor sistema de reparto de la custodia para esos menores?

El interés del menor, deberá primar por encima de cualquiera otra consideración.